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Gestión territorial en Colombia

Entrevista a Gustavo Marulanda - IGAC

1.- Catastro, valoración e impuesto predial. Agentes por nivel y grado de ejecución

Existen tres niveles de gobierno en Colombia: Nacional, Departamental (32), y, Municipal (1150)

En cuanto a las competencias del catastro rural y urbano, a nivel Nacional, el IGAC (Instituto Geográfico) se encarga de la actualización cofinanciado por los municipios. Están obligados a actualizar cada 5 años. El IGAC utiliza diferentes métodos para la determinación de los avalúos catastrales, para el suelo Zonas homogéneas físicas (ZHF) y zonas homogéneas geoeconómicas (ZHGE), y para las construcciones utiliza, reposición, tablas de valor, modelos econométricos, entre otros. 

 No hay articulación entre catastro y registro de propiedad.

La información del catastro, se convertirá en insumo para la que las entidades públicas puedan adelantar sus procesos misionales, así por ejemplo la Agencia Nacional de Tierras se encarga del ordenamiento social de la propiedad y de formalización de la propiedad.

 Los cuatro municipios más grandes tiene catastro descentralizados (Bogotá, Cali, Medellín, y el Departamento de Antioquia)

En cuanto a avalúos urbanos y rurales

Está desactualizado el 67% de los predios. El 15% del país están sin levantar (formación).

En cuanto a la evolución a futuro.

El artículo 104 del Plan Nacional de Desarrollo, establece el catastro multipropósito.

Se va a hacer un barrido predial masivo, para el cual ya hay un presupuesto 

Se va a promover la delegación de competencias diferenciadas con miras a una potencial descentralización.  

Con la futura ley de catastro, se crearán dos figuras, de un lado la de gestores y la de operadores catastrales, así mismo aparece en esta norma, el rol de los agrimensores, se van a promover competencias en donde se de mayor fortaleza a los profesionales técnicos existentes en el componente jurídico del catastro.

2.- Políticas fiscales de la tierra en Colombia: El impuesto predial. Agentes por nivel y grado de ejecución

Emisión y recaudo

A nivel nacional el predial representa el 70% y el 80% de los ingresos propios de los municipios de menor tamaño 

La recaudación es municipal. Todos los municipios recaudan a través del SUC. Grandes ciudades como Bogotá pueden recaudar en torno al 92% de la emisión anual.

Para el promedio de los municipios presentan una recaudación cercana al 65% de la emisión.

A los 5 años prescribe la cartera no gestionada por las oficinas de tributación.

Algunos estatutos tributarios establecen que tienen que pagar tanto propietarios como posesionarios.


Tasas impositivas

A través de Ley se definen los rangos en que pueden fluctuar los impuestos, incluidos los de orden territorial.

Las tarifas que aplicarán los municipios van entre el 4/00 y el 16/00. Los municipios definen el rango en que estos se gradúan, a través de sus concejos

Hay exclusiones, dentro de estos están los centros de culto (para aquellas iglesias reconocidas legalmente)

Los municipios pueden definir algunas exenciones


Avalúos.

El IGAC define las metodologías valuatorias.

Los avalúos deben estar en referencia a los valores de mercado (el avalúo promedio está entre el 40%).

El mínimo definido por ley debe ser el 50%.


Grado de ejecución

Las valoraciones suelen estar muy desactualizadas.

3. Políticas de ordenamiento territorial y de usos de la tierra. Agentes por nivel y grado de ejecución.

A nivel nacional la competencia la tiene la Dirección de desarrollo territorial (2 subdirecciones). La ley 387 del 97 da la base jurídica para los POT. 

-La primera subdirección facilita recursos para la planeación.

-La subdirección de ordenamiento territorial tiene como principal objetivo desarrollar el enfoque territorial. Hasta el 2014 no hubo planeamiento del país.

El DNP sólo tiene competencias en materia territorial a partir del 2011.   

A nivel metropolitano los planes se rigen por otra norma. 

A nivel nacional los asuntos medioambientales son dados por el ministerio del ambiente.  

Los municipios pueden anular (ha sido refrendado por la corte nacional) mediante consulta popular las estrategias nacionales de explotación materias primas. 

Hay proyectos que se formulan a nivel nacional, donde se ejecutan finalmente a nivel local. 

Los Departamentos se rigen por la Ley 1454/2011. La ley se demoró hasta el 2011 para ser aprobada, aunque fue impulsada en 98. Con los planes se gestionarían actividades y procesos de carácter departamental: estructuras ecológicas, sistema de transporte regional. 

A nivel municipal, los municipios 1) contratan una consultora, 2) piden información a todos los ministerios; 3) el formulado es enviado a la corporación autónoma regional, donde se mira si todos los lineamientos a nivel nacional están incorporado; 4) Finalmente se presenta a los consejos territoriales de planeación (local); 5) una vez hechas todas la modificaciones necesarias, se aprueba por el consejo municipal. Si no hay consenso el alcalde puede aprobarlo por decreto. No se aprueban por la administración sectorial.


Grado de implementación

Hace 12 años que se formularon los planes.

Existen tres tipos de planes, que se diferencias en su complejidad:

Esquemas de ordenamiento territorial-EOT (<30000)

Planes básicos de OT (30000-100000)

POT (<100000) Se ha desarrollado un programa de planes de ordenamiento (POT moderno). Hubo una selección de municipios de 108. Puede haber una cofinanciación de 90% para los municipios pequeños

A nivel Departamental no hay ningún plan aprobado

A nivel municipal el 88% de los municipios tiene obsoletos los planes. La información que se utilizó era muy mala. Era un diagnóstico (publicado en 2013). 


Acciones futuras

A nivel nacional se ha desarrollado un programa de planes de ordenamiento (POT moderno). Hubo una selección de municipios de 108. Puede haber una cofinanciación de 90% para los municipios pequeños

A nivel Departamental se han tratado de hacer 6 regiones de planificación, pero todavía no han sido aprobadas.

A nivel municipal a futuro los POT modernos se tratará de que contengan lineamiento que tengan carácter jurídico, como los planes de uso del suelo. Muchos de los que hay en vigor son sólo diagnósticos.